Cultus et Ius

Patrimonio cultural y obra religiosa: lo cultual y lo cultural

José Antonio Parody Navarro. Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado. Universidad de Málaga

La Ley sobre patrimonio artístico pone su acento en la singular protección y tutela que gozaran los bienes que lo integran, estableciendo que dicha protección se establecerá esencialmente tanto en función de su interés como asegurar el acceso de todos los ciudadanos al mismo. Sin embargo, no es precisa a la hora de determinar cuestiones tan relevantes, desde una perspectiva jurídica, como qué ha de entenderse por patrimonio cultural y prácticamente nada aporta a la hora de precisar la naturaleza jurídica de una obra catalogada como bien cultural. El objeto del presente trabajo es precisamente el análisis de estas cuestiones.

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